Recargos vigentes
Cada recargo se suma a la hora ordinaria. Con la jornada de 42 horas semanales, la hora ordinaria es el salario mensual dividido entre 210.
| Tipo de hora | Recargo |
|---|---|
| Hora extra diurna | 25 % |
| Hora extra nocturna | 75 % |
| Recargo nocturno | 35 % |
| Dominical o festivo | 90 % |
| Extra diurna en dominical o festivo | 115 % |
| Extra nocturna en dominical o festivo | 165 % |
| Recargo nocturno en dominical o festivo | 125 % |
Qué cambió con la reforma laboral
- Trabajo nocturno: empieza a las 7:00 p. m. desde el 25 de diciembre de 2025 (antes a las 9:00 p. m.).
- Domingos y festivos: el recargo pasó del 75 % al 80 % en julio de 2025, al 90 % en julio de 2026, y llegará al 100 % en julio de 2027.
- Jornada: bajó a 44 horas semanales en julio de 2025 y a 42 horas el 15 de julio de 2026. Menos horas al mes hacen que cada hora valga más.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas extra puedo trabajar?
Máximo 2 horas extra al día y 12 a la semana. Si trabajas más, igual te las deben pagar, pero el empleador incumple el límite legal.
¿Desde qué hora es trabajo nocturno?
Desde el 25 de diciembre de 2025, el trabajo nocturno va de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m. Antes empezaba a las 9:00 p. m.
¿Cuánto es el recargo por trabajar un domingo o festivo?
Desde el 1 de julio de 2026 es el 90 % sobre la hora ordinaria. Antes era el 80 %, y desde el 1 de julio de 2027 será el 100 %.
¿Cómo se calcula el valor de mi hora?
Se divide el salario mensual entre las horas de la jornada del mes. Con la jornada de 42 horas semanales son 210 horas al mes: 42 ÷ 6 días × 30 días.
¿Los cargos de dirección y confianza cobran horas extra?
No. Los trabajadores de dirección, confianza o manejo no tienen derecho a horas extra, aunque sí a los recargos por trabajo dominical o festivo.
Fuentes
- Código Sustantivo del Trabajo, arts. 168 y 179: recargos por trabajo nocturno, suplementario y dominical.
- Ley 2101 de 2021: reducción gradual de la jornada laboral a 42 horas.
- Ley 2466 de 2025 (reforma laboral): horario nocturno desde las 7 p. m. y aumento gradual del recargo dominical y festivo.
Revisado con las reglas vigentes en 2026.